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La factura Electrónica será obligatoria desde Enero para trabajar con la Administración.





A partir del 15 de enero de 2015, toda empresa o autónomo que tenga que emitir una factura de importe superior a 5.000 euros a la Administración Pública, sea cual fuere el organismo de que se trate (Ministerios, Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Diputaciones, Mutuas de Accidentes, Universidades..) tendrá que hacerlo por medios electrónicos, es decir, emitir una factura electrónica. Las facturas que no superen ese importe podrán remitirse en papel.
El empresario individual o persona física que factura a la Administración General del Estado, podrá seguir emitiendo sus facturas en papel, pues este cambio afecta solamente a las sociedades.

Requisitos de las facturas

Las facturas que se remitan a la Administración deberán cumplir tres requisitos:
1. Todas las facturas deberán estar en el formato Facturae 3.2.1. Por lo tanto, las empresas necesitarán un programa informático que cree facturas electrónicas en este formato. El Ministerio de Industria pone a disposición del ciudadano una aplicación gratuita que permite generar facturas electrónicas en el formato requerido.
2. Estar firmadas electrónicamente. Para firmar electrónicamente una factura dirigida a las AA.PP. necesita utilizar un certificado electrónico reconocido. El programa informático o servicio de facturación que emplee le indicará cómo usarlo.
3. Indicar el destinatario de la factura electrónica. Para que la factura electrónica dirigida a la administración pública llegue al destinatario que le corresponda, deberá identificarlo indicando: oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora.

Cómo enviar la factura electrónica a la Administración

El gobierno proyecta crear un punto general de entrada de facturas electrónicas en cada una de las administraciones. Los proveedores presentarán sus facturas en estos puntos. En caso de que alguna administración no genere ningún punto de entrada de facturas, podrán remitirse al punto general FACe, en la dirección https://face.gob.es/es/.
El programa informático gratuito que ofrece el Ministerio de Industria, Energía y Turismo permite la conexión automática directa con FACe, de modo que no es necesario usar la web. Los puntos generales de entrada de facturas electrónicas permitirán también conocer el estado de tramitación de las facturas.

By Débora López Delgado                                                                                      17/12/2014

LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS SÓLO ADMITIRÁN FACTURAS ELECTRÓNICAS

-La iniciativa simplifica a los proveedores el proceso de remisión de facturas y permite consultar el estado de tramitación de las mismas.
Las Administraciones Públicas sólo admitirán facturas electrónicas

Los proveedores de las Administraciones Públicas contemplados dentro de la normativa 25/2013 solo podrán emitir facturas electrónicas. La medida se hará efectiva a partir del 15 de enero de 2015, fecha en la que las facturas deberán ser presentadas en sus puntos generales de entrada de facturas electrónicas.
La factura electrónica contempla los mismos requisitos que las facturas tradicionales en papel, y la misma es resultado de las medidas puestas en marcha para erradicar la morosidad en el sector público. Entre las ventajas que aporta este sistema, además del ahorro de costes y la reducción de los tiempos de facturación, se encuentran el aumento de la seguridad de los procesos, la menor probabilidad de falsificación y la reducción de fallos y errores en las facturas.
En concreto, las facturas electrónicas serán gestionadas a partir del FACe, que es el Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas, una plataforma online que permite presentar facturas electrónicas ante cualquier órgano de la Administración General del Estado a través de un punto único.
En este sentido FACe es una iniciativa que está teniendo muy buena recepción entre los usuarios, pues simplifica a los proveedores el proceso de remisión de facturas y permite consultar el estado de tramitación de las mismas. Para ello, desarrolla un formato de factura determinado, que se denomina Facturae.
Envío y facturación
Con respecto a los envíos de la factura electrónica estos se llevan a cabo a través de la red, siendo los más habituales el acceso a través del portal web del Punto General de Entrada de las Facturas Electrónicas o mediante conexión automática entre el servicio de facturación electrónica del proveedor y el punto general de entrada de las facturas electrónicas.
Este envío produce, automáticamente, su apunte en un registro administrativo, que dota a la presentación de su correspondiente asiento registral. Por su parte, la facturación se realiza mediante la web del FACe, que se encarga de emitir las facturas a las administraciones, consultar el estado de las facturas, consultar el directorio de unidades para conocer el código de identificación de la unidad destinataria y obtener ayuda.

By: Andrea Paredes Guerrero






Mil funcionarios piden ser tribunal de oposición de Administración extremeña


La Dirección General de la Función Pública de Extremadura ha recibido 986 solicitudes de empleados públicos dispuestos a formar parte de los tribunales de selección de las oposiciones a la Administración General, tras el proceso de petición voluntaria abierto el pasado 27 de noviembre.
De ellos, sólo 11 corresponden a otras administraciones públicas, y el total, según ha señalado el Gobierno regional, doblaría el número máximo de personas necesarias para conformar los tribunales en las 46 especialidades convocadas.
Esto evidenciaría, según la Junta, la aceptación que han tenido las nuevas instrucciones puestas en práctica respecto a la conformación de los tribunales y la elección de los miembros de éstos por sorteo.
Una vez revisadas las solicitudes para comprobar que cumplen con las condiciones exigidas en la normativa, el departamento competente elaborará los censos necesarios para proceder al sorteo y posterior composición de cada tribunal.
Tras el sorteo, los empleados públicos designados para formar parte de los tribunales deberán realizar un curso de formación en la Escuela de Administración Pública para adquirir los conocimientos necesarios sobre el procedimiento de selección.
También conocerán las nuevas instrucciones técnicas incorporadas al manual de instrucción para los miembros del Tribunal de Selección, donde se recogen todas las novedades de la convocatoria.
Las nuevas instrucciones impulsadas por el Ejecutivo, tanto para la selección de los miembros de los tribunales como para el desarrollo de los procesos selectivos, persiguen una mayor transparencia e imparcialidad.
Además, buscan la independencia en el desarrollo de las pruebas, así como una garantía de cumplimiento efectivo de los principios de igualdad, mérito y capacidad para los aspirantes.



By: Raquel Romero








10 PASOS PARA SER MAS EFICACES EN LA BÚSQUEDA DE TRABAJO


Buenas tardes, voy a poner en esta entrada 10 pasos que nos pueden ayudar a mejorar a todos en la búsqueda de trabajo.
  1. Antes de ponerte a buscar pregúntate: ¿Qué sé hacer?, ¿Qué tipo de empleos hay disponibles?, ¿Estoy suficientemente preparado?, ¿Cuáles son mis puntos débiles?, ¿Puedo mejorar mis posibilidades de encontrar un empleo?                                           
  2. Usa Internet para hacer tu búsqueda de empleo y planificar tus acciones. Puedes empezar viendo que ofertas de empleo hay disponibles cerca de tu lugar de residencia, qué requisitos piden para los trabajos que mejor preparado estás, etc.             
  3. Anota todas las ofertas de empleo en las que te inscribes para no repetir. No queda bien y quien recibe dos candidatos vera en ello a una persona desordenada y poco cuidadosa                                                                                                                               
  4. No te molestes en presentar tu solicitud en una oferta de empleo para la que no cumples los requisitos. Ahórrate la molestia y el tiempo                                                                              
  5. Asegúrate que envías tus datos de contacto. Al menos tu dirección de email y un teléfono móvil.  Aunque parezca mentira hay personas a la que o bien no envían datos de contacto o son erróneos                                                                                                                                 
  6. Comprueba que tu CV está actualizado y no contiene faltas de ortografía. Con lo fácil que es pasarle el corrector a un texto antes de guardarlo! Un CV con faltas de ortografía no tiene excusas.                                                                                                                                    
  7. Si te piden una carta de presentación procura hacerla personalizada para esa oferta. No te puedes imaginar la cantidad de personas que envian cartas de presentación a una empresa con el nombre de otra                                                                                                     
  8. Si te citan para una entrevista de trabajo, ve al lugar de la cita unos días antes para asegurarte de que llegarás a tiempo                                                                                              
  9. Crea un blog y publica tu Curriculum vitae online. El blog te permitirá relacionarte en Internet, te ayudará a conocer más gente y permitirá que los demás te conozcan.                    
  10. Usa las redes sociales (Facebook, Twitter, Linkedin…) para darte a conocer y pedir a tus amigos que te recomienden. Cuantos más contactos tengas, más posibilidades de conseguir un empleo.
Espero que estos 10 pasos le sirvan de ayuda y encuentren trabajo rapidamente. Un saludo.

Publicado por: Jose Antonio Martín






Economía obliga al seguro a ofrecer un tipo de interés homologable.


Diciembre 17 de 2014 - 14:25 am.



El Ministerio de Economía acaba de aprobar una orden ministerial por la que se obliga a todas las aseguradoras a informar a sus clientes sobre el rendimiento financiero que pueden obtener si contratan un producto de vida ahorro, y a calcular esta rentabilidad con un mismo criterio. Al igual que los bancos utilizan la Tasa Anual Equivalente (TAE) cuando publicitan hipotecas o créditos al consumo, las compañías de seguros deberán hacer lo propio, para facilitar las decisiones del ahorrador.
La medida, que ya había sido avanzada por la directora general de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), Flavia Rodríguez Ponga, afectará a la mayoría de seguros de vida. Tan solo se quedarán al margen los seguros de vida riesgo –aquellos que cubren únicamente los supuestos de fallecimiento o invalidez–, ciertos tipos de rentas vitalicias y los conocidos como unit links(seguros de vida vinculados a activos, en los que el tomador asume directamente el riesgo de la inversión).
De acuerdo con cálculos de Unespa, los activos que se verán afectados por esta medida superan los 140.000 millones de euros, e incluyen planes individuales de ahorro sistemático (PIAS), seguros de capital diferido, planes de previsión asegurados (PPA), o los nuevo seguros de vida individual a largo plazo (conocidos como Planes Ahorro 5).
Hasta ahora, cada grupo asegurador podía utilizar criterios diferentes a la hora de incluir o no ciertos gastos y comisiones en sus cálculos sobre la rentabilidad esperada, pero una vez que entre en vigor la nueva normativa, dentro de un año, todas deberán hacer uso de las mismas fórmulas.
El objetivo es “garantizar una regulación más transparente y eficaz de los mercados de seguros y la protección de los ahorradores y tomadores de seguros, al facilitar a los inversores un elemento de comparación que pueda servirles como referencia a la hora de tomar sus decisiones de inversión”.
La nueva regulación recoge expresamente que a la hora de calcular la rentabilidad se excluirá cualquier gasto correspondiente a la entidad aseguradora “gastos de administración, gastos de adquisición, gastos de liquidación de siniestros, otros gastos técnicos, gastos de inversiones y gastos no técnicos”, de modo que el ahorrador sepa exactamente cuánto dinero recibirá por el producto contratado.
La información obligatoria sobre la rentabilidad esperada y su patrón homogéneo permitirán a las aseguradoras plantar cara a los bancos a la hora de atraer el ahorro más conservador de sus clientes, que hasta ahora siempre había recaído en depósitos y cuentas corrientes, pero que con los bajos tipos de interés ya ha empezado a buscar nuevos productos.
De acuerdo con los datos facilitados por la patronal del sector, Unespa, los seguros de vida ahorro/jubilación sumaban en total unas provisiones técnicas, al cierre de septiembre, de 159.940 millones de euros, tras registrar un crecimiento del 1,84% en lo que va de año. De esta cartera, se quedarán fuera de la TAE los 17.000 millones de seguros vinculados a activos (unit links) y parte de la cartera de rentas vitalicias (que suma algo más de 80.000 millones de euros). Sí se incluirán los seguros colectivos si así lo solicita el tomador.

Información al ahorrador

A partir de diciembre de 2015, cualquier oferta pública de seguros de ahorro deberá incluir el tipo de interés homologado, pero la nueva normativa también afecta a la cartera de seguros en vigor. En este caso, los tomadores tendrán derecho a recibir en un plazo de 10 días “la rentabilidad esperada y el detalle del cálculo”, previa solicitud a su aseguradora.
El rendimiento medio que ofrecerán los seguros una vez que empiecen a aplicar la nueva normativa dependerá mucho de su tipología. Así, los Planes Ahorro 5, surgidos con la última reforma fiscal y obligados a garantizar el 80% del capital invertido, tendrán por definición un rendimiento muy bajo. El primer producto anunciado de este tipo, por parte de CaixaBank, rentará tan solo un 0,5% TAE. Los expertos no esperan, en este caso rentabilidades superiores al 2%.
En cambio, Mutua Madrileña tiene un producto llamado Plan de Ahorro Garantía, que ofrece un tipo de interés bruto garantizado del 2,37%. En PPA, puede haber productos volcados en renta variable que estiman rendimientos de casi un 5%.

Esta noticia esta protagonizada por el empresario y Jefe del departamento de Administración.


                                                             Don Andrés Cevallos.





Lucha de separación de poderes por nuevo reglamento de subastas en el Supremo


Dos informes recientes de la Oficina del Contralor revelaron una serie de irregularidades en los procesos de subastas de la Rama Judicial. La Oficina del Contralor detalló varios hallazgos relacionados a un contrato otorgado entre laOficina de Administración de los Tribunales (OAT) y una corporación privada para el arrendamiento de los edificios donde ubican las oficinas de la OAT y delTribunal de Apelaciones.
La mayoría del Tribunal, mediante Resolución, indicó que la Convención Constituyente estableció en el artículo 7 de la sección V de la Constitución la intención de traspasar al Tribunal Supremo la facultad de administrar los tribunales de Puerto Rico. Indicaron que es el pleno del Tribunal Supremo el que formula las reglas administrativas de toda la Rama Judicial. Señalaron que al Juez Presidente solamente se le delegó el poder de “ejecutar” las reglas adoptadas por el pleno del Tribunal Supremo.
Conforme a esto, se le ordenó al Secretariado de la Conferencia Judicial someter en seis meses un borrador de un nuevo reglamento de subastas para la Rama Judicial que atienda la problemática manifestada por el Contralor. Por otro lado, se ordenó modificar la composición de la Junta de Subastas. El nuevo reglamento deberá sustituir al representante del Tribunal Supremo por un representante del interés público que no mantenga un vínculo con la Rama Judicial.
La Hon. Mildred Pabón Charneco emitió un voto particular de conformidad. Esbozó que previamente algunos jueces levantaron la voz de alarma sobre dicho particular y que lamentablemente los reclamos no fueron atendidos. También indicó que era desafortunado el voto disidente de la propia Jueza Presidenta, Hon. Liana Fiol Matta. Fiol Matta puntualizó que la acción tomada por el Tribunal representa otra medida necesaria para forjar nuevos caminos en la administración de la rama judicial. Señaló que la rama judicial se ha refugiado en la oscuridad y en el conformismo por mucho tiempo.
La Hon. Liana Fiol Matta emitió un voto particular disidente al cual se unen la Hon. Anabelle Rodríguez Rodríguez y la Hon.Maite Oronoz Rodríguez. Indicó que el artículo 7 de la sección V dispone que la Rama Judicial está “… [Sujeta] a las leyes relativas a suministros, personal, asignación y fiscalización de fondos, y a otras leyes aplicables en general al gobierno”. Esto significa que la Legislatura puede reglamentar y fiscalizar la forma en que la Rama Judicial utiliza los fondos públicos. En virtud de dicha facultad, se aprobó la Ley 345 de 2000 que le delega exclusivamente la tarea al Juez Presidente de aprobar un reglamento para la realización de subastas. Acentuó que en los asuntos de manejos de fondos públicos, el Tribunal Supremo no posee el poder de administrar la Rama Judicial de forma exclusiva. También manifestó que sí está de acuerdo en que hay que reevaluar el reglamento de subastas de la Rama Judicial.

BY: Andrés Cevallos.


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